Licencias multiterritoriales europeas de derechos On-Line sobre obras musicales

04.03.2014

Cuando hablamos de creaciones musicales, es al titular de la obra (en principio) a quien corresponde elegir entre la gestión individual y la gestión colectiva de sus derechos sobre dicha obra. De esta manera, las entidades de gestión colectiva permiten que los titulares de derechos de autor y derechos afines obtengan una remuneración por la cesión de derechos sobre sus creaciones que de otra manera difícilmente podrían controlar o hacer respetar, en particular, en mercados no nacionales.

Bajo este presupuesto, con fecha de 04/02/2014, el Parlamento Europeo ha dado el visto bueno a la creación de licencias multiterritoriales para la distribución de obras musicales a través de Internet en la UE. En efecto, la Directiva sobre "la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y  la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior" ha sido aprobada por el Parlamento con 640 votos a favor, 18 en contra y 22 abstenciones. Una vez que sea aprobada formalmente por el Consejo, los Estados Miembros dispondrán de un plazo de dos años para transponer la normativa a su legislación interna.

Esta nueva Directiva establece los requisitos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de la gestión de los derechos de autor y los derechos afines por las organizaciones de gestión colectiva. Asimismo, establece requisitos relativos a la concesión, por las entidades de gestión colectiva, de licencias multiterritoriales de derechos de autor sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior.

Dichas licencias multiterritoriales tendrán como objetivo, dentro del marco de la UE, ofrecer a los proveedores de servicios de música en línea, que experimentan dificultades cuando desean adquirir licencias para repertorios agregados que sean válidas en el territorio de varios Estados miembros, la posibilidad de obtener autorizaciones de entidades de gestión colectiva con el propósito de facilitar la distribución de obras musicales online en más de un Estado miembro.

Para alcanzar estos objetivos se exigirá a las entidades de gestión colectiva que actúen respetando los principios de transparencia e información y que garanticen una remuneración apropiada para los artistas. Por su parte, los Estados Miembros velarán por que las entidades de gestión colectiva (o los miembros de éstas que sean entidades que representan a titulares de derechos de autor) paguen a los titulares de derechos dichos importes lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de nueve meses a partir del cierre del ejercicio en el que se hayan recaudado los importes de la cesión de derechos, a menos que por razones objetivas no se pudiera respetar dicho plazo.

Las entidades de gestión colectiva que no concedan licencias en más de un país de la UE, tendrán la opción de pedir a otra entidad que represente su repertorio, con la finalidad de que los creadores europeos de obras musicales tengan acceso a licencias transfronterizas y se preserve la diversidad cultural en Europa.

 

Escrito por Alberto González Gonzalo

Fuente:

http://www.dmrights.com/es/noticias-sobre-propiedad-intelectual/item/365-derechos-de-autor-licencias-europeas-para-potenciar-la-musica-por-internet.html  

http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/economia-general/pe-aprueba-licencias-transfronterizas-para-proteger-derechos-de-autor-y-potenciar-distribucion-de-musica-on-line_KigkABcWaqL44ffn3Q1iN6/           

http://www.cibersur.com/15086          

http://cice.es/noticia/licencias-musicales-europeas/      

http://www.wipo.int/about-ip/es/about_collective_mngt.html   

http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2014-0056+0+DOC+XML+V0//ES&language=ES

Imagen: esc861 bajo licencia Creative Commons (CC BY-SA 2.0)



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