Se aprueba la nueva Ley de Patentes Española

20.11.2014

El pasado 14 de noviembre 2014, el Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes del proyecto definitivo de la Ley de Patentes, actualizando la Ley 11/1986 de Patentes, para  ser debatido y posteriormente aprobado, de conformidad al procedimiento de formación de leyes previsto en la Constitución Española.

Con la nueva norma se pasa de un sistema de patentes “débiles” a un sistema de patentes “fuertes”, comparables a las de los Sistemas Internacionales y países industrializados, beneficiando la imagen de la patente española. La creación de una patente “fuerte” supone importantes beneficios tanto para la competencia porque evita monopolios injustificados como para los ciudadanos porque se garantiza la seriedad de las mismas. También para la Administración porque evita su sobrecarga y para los Tribunales. Otro beneficio es que garantiza la seguridad jurídica Y, por último, se incentiva la protección de la innovación por parte de PYMES y emprendedores.

Otros aspectos principales que regula esta normativa son:

·         Claridad legal: que se consigue mediante la adaptación de la normativa española a las directivas comunitarias (por ejemplo, sobre los certificados complementarios para productos farmacéuticos), y tratados internacionales de los que España es parte: TRIPS, PCT, EPO. Clarifica y simplifica el procedimiento de concesión de la patente ya que siempre se someterá a un examen previo que acredite que la invención es nueva, inventiva y tiene aplicación industrial, requisitos indispensables para su concesión.

·         Menores costes: fomenta la iniciativa emprendedora y la innovación mediante una reducción del 50% de la tasa para la obtención de una patente para los emprendedores.

·         Modelos de Utilidad: se amplia su ámbito a los productos químicos y se modifica su régimen mediante el requisito de novedad mundial. Asimismo, se incluyen expresamente entre los títulos de protección los Certificados Complementarios de Protección o CCP.

·         Simplificación de los requisitos para las solicitudes de patentes: de conformidad al acuerdo  PLT (con efectos desde el 6 noviembre 2013)

·         Procedimiento: a los fines de obtener patentes “Fuertes” ya no habrá distinción entre procedimiento general y procedimiento con examen de fondo. Habrá un único procedimiento que prevé un examen de fondo, es decir, un examen de los requisitos de patentabilidad (si la invención es nueva, tiene carácter inventivo y aplicación industrial).

Escrito por: Lida Hernández y Magali Contardi

 

Fuente: http://www.oepm.es/es/sobre_oepm/noticias/2014/2014_11_14_Modernizacion_Ley_Patentes.html

Imagen: luxomedia. Bajo licencia creative commons (CC BY-NC-SA 2.0) 

 



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