Proyecto de retirada de Brexit de la Comisión Europea: propiedad intelectual

02.03.2018

La Comisión Europea ha publicado el borrador del acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de la UE y la Comunidad Europea de Energía Atómica (Brexit). El Título IV aborda la propiedad intelectual (PI). De lo establecido, cabe destacar lo siguiente:

  • Los titulares de marcas de la UE (MUE), diseños comunitarios y derechos de variedades vegetales comunitarias registrados o concedidos antes del final de un período de transición definido se convertirán en titulares de derechos de PI comparables en el Reino Unido (artículo 50 (1), Acuerdo de retirada). El período de transición comenzará en la fecha de entrada en vigor del acuerdo y finalizará el 31 de diciembre de 2020 (artículo 121).
     
  • Ciertas indicaciones geográficas y denominaciones de origen protegidas en la UE al final del período de transición permanecerán protegidas en el Reino Unido (Artículo 50 (2)).
     
  • Preservación de las fechas de presentación y prioridad y antigüedad de las marcas convertidas (Artículo 50 (5)).
     
  • Las marcas registradas en el Reino Unido no estarán sujetas a revocación debido a que la EUTM correspondiente no se usó realmente en el Reino Unido antes del final del período de transición, mientras que las marcas convertidas continuarán beneficiándose en el Reino Unido de la reputación adquirida en el Reino Unido. UE (Artículo 50 (5)).
     
  • Procedimientos optimizados y libres de costo para la conversión de derechos (Artículo 51).
     
  • Protección similar en el Reino Unido a la anterior para los registros internacionales de PI que designen a la UE, diseños comunitarios y bases de datos no registrados (artículos 52 a 54).
     
  • Un derecho de prioridad en el Reino Unido durante seis meses desde el final del período de transición para las solicitudes pendientes de MUE y de derechos de variedades vegetales comunitarias (Artículo 55).
     
  • Conservación de las solicitudes de certificados de protección complementaria en el Reino Unido pendientes al final del período de transición (Artículo 56).
     
  • Los derechos de PI agotados tanto en la UE como en el Reino Unido antes del final del período de transición seguirán agotándose en ambos territorios (artículo 57).

Puede leer el texto completo aquí: https://www.uaipit.com/es/ficha-legislacion?/5915/proyecto-de-acuerdo-de-retirada-de-la-comision-europea-sobre-la-retirada-del-reino-unido-de-gran-bretana-e-irlanda-del-norte-de-la-union-europea-y-la-comunidad-europea-de-la-energia-atomica



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